Las Diversas Funciones del Estado
(TEXTO de Allan Brewer Carias)
(TEXTO de Allan Brewer Carias)
Las funciones del estado (Administracion Publica) Consisten en satisfacer los fines fundamentales y complementarios de la población de las distintas comunidades ( Administrados) que habitan el territorio teniendo como base los principios fundamentales como : La libertad y igualdad entre otros; teniendo en cuenta que el desarrollo de estas se da por medio de actividades, de politicas publicas que procuran cumplir los fines de la administracion.
- La Función Normativa Art.150
En nuestro pais corresponde al Congreso hacer las leyes y por medio de ellas
ejerce las diferentes funciones como:
Interpretar, reformar y derogar las leyes, Expedir códigos en todos los ramos de la legislación y reformar sus disposiciones, Aprobar el plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas que hayan de emprenderse o continuarse, con la determinación de los recursos y apropiaciones que se autoricen para su ejecución, y las medidas necesarias para impulsar el cumplimiento de los mismos, Definir la división general del territorio con arreglo a lo previsto en esta Constitución, fijar las bases y condiciones para crear, eliminar, modificar o fusionar entidades territoriales y establecer sus competencias. entre otras funciones; se puede percibir la manifestacion de este poder en la creacion, modificacion o extincion de normas juridicas de validez general.
ejerce las diferentes funciones como:
Interpretar, reformar y derogar las leyes, Expedir códigos en todos los ramos de la legislación y reformar sus disposiciones, Aprobar el plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas que hayan de emprenderse o continuarse, con la determinación de los recursos y apropiaciones que se autoricen para su ejecución, y las medidas necesarias para impulsar el cumplimiento de los mismos, Definir la división general del territorio con arreglo a lo previsto en esta Constitución, fijar las bases y condiciones para crear, eliminar, modificar o fusionar entidades territoriales y establecer sus competencias. entre otras funciones; se puede percibir la manifestacion de este poder en la creacion, modificacion o extincion de normas juridicas de validez general.
- La Función Politica Art. 189
Corresponde al Presidente de la República su ejercicio como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa ejercer todas la funciones que a El le corresponden y le son otorgadas constitucionalmente dentro de las cuales se pueden destacar:
Nombrar y separar libremente a los Ministros del Despacho y a los Directores de Departamentos Administrativos, Dirigir las relaciones internacionales, Nombrar a los agentes diplomáticos y consulares, recibir a los agentes respectivos y celebrar con otros Estados y entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someterán a la aprobación del Congreso, Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la República y Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado.
Nombrar y separar libremente a los Ministros del Despacho y a los Directores de Departamentos Administrativos, Dirigir las relaciones internacionales, Nombrar a los agentes diplomáticos y consulares, recibir a los agentes respectivos y celebrar con otros Estados y entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someterán a la aprobación del Congreso, Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la República y Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado.
- Función Jurisdiccional Art. 174 y ss, 228
Es la que se encarga de conocer, decidir y resolver las controversias entre dos o mas pretensiones
ARTICULO 174º—Corresponde al Senado conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces; contra los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. En este caso, conocerá por hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de los mismos.
ARTICULO 228º—La Administración de Justicia es función pública. Sus decisiones son independientes. Las actuaciones serán públicas y permanentes con las excepciones que establezca la ley y en ellas prevalecerá el derecho sustancial. Los términos procesales se observarán con diligencia y su incumplimiento será sancionado. Su funcionamiento será desconcentrado y autónomo.
ARTICULO 174º—Corresponde al Senado conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces; contra los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. En este caso, conocerá por hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de los mismos.
ARTICULO 228º—La Administración de Justicia es función pública. Sus decisiones son independientes. Las actuaciones serán públicas y permanentes con las excepciones que establezca la ley y en ellas prevalecerá el derecho sustancial. Los términos procesales se observarán con diligencia y su incumplimiento será sancionado. Su funcionamiento será desconcentrado y autónomo.
- Función de control Art. 267, 265, 275, 281 y ss
Son ejercidas en nuestro pais por el ministerio publico; Procuraduria, Defensoria, Contraloria y el Concejo Nacional Electoral
ARTICULO 267º—El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
ARTICULO 265. Modificado por el Acto Legislativo 1 de 2009, art 12. El artículo 265 de la Constitución Política quedará así:
El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa.
ARTICULO 275º—El Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público.
ARTICULO 281º—El Defensor del Pueblo formará parte del Ministerio Público y ejercerá sus funciones bajo la suprema dirección del Procurador General de la Nación. Será elegido por la Cámara de Representantes para un período de cuatro años de terna elaborada por el Presidente de la República.
ARTICULO 267º—El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
ARTICULO 265. Modificado por el Acto Legislativo 1 de 2009, art 12. El artículo 265 de la Constitución Política quedará así:
El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa.
ARTICULO 275º—El Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público.
ARTICULO 281º—El Defensor del Pueblo formará parte del Ministerio Público y ejercerá sus funciones bajo la suprema dirección del Procurador General de la Nación. Será elegido por la Cámara de Representantes para un período de cuatro años de terna elaborada por el Presidente de la República.
- Función Administrativa Art. 122 y ss
Esta se ejerce por el Estado, cuando este actua como gestor de lo publico, como persona juridica para relacionarse con los particulares vinculandose estos como sujetos de derecho. (Sujeto - Estado)
Formas de Acción o Actividad de la Administración Pública
(TEXTO DE Jaime Orlando Santofimio Gamboa)
Publicado por: Sheithlin Thaidith Jaimes Conde(TEXTO DE Jaime Orlando Santofimio Gamboa)
Administrar lo público es esencialmente la acción encaminada a satisfacer los propositos de la comunidad y de los asociados en su conjunto y tiene como regimen juridico el derecho administrativo para la administracion publica. asi mismo Los actos administrativo y el contrato estatal son los medios de accion institucional que tiene la administracion publica para ejercer su funcion.
- Actividad de policia o de limitacion a la libertad
- Actividad de Fomento
- Actividad de Prestacion de Servicios Publicos
- Actividad de Intervencion, Control y Vigilancia
- Actividad Normativa y Reguladora
Se manifiesta por medio de conceptos, resolucones y acuerdos que contengan los preceptos legales generales.
- Actividad Planificadora y Programadora
- Actividad Economica y de Banca Central
Como lo plantea en su texto Santofimio, la administración de lo publico es tratar de satisfacer los prpositos e intereses de la comunidad en general dejando de lado al individuo, es decir, verlos como un conjunto; la manera de administrar esta satisfacción de propósitos se hace por medio del ya bastante mencionado derecho administrativo y para esto el mismo usa diferentes funciones, es decir, es como si se dividera para que el derecho administrativo cumpla con su fin.
ResponderEliminarDe acuerdo con lo leído se puede decir que las actividades administrativas encaminadas a intervenir en las relaciones económicas, sociales y de orden, se consideran en el caso que las autoridades adoptan decisiones y ejecutan operaciones que buscan intervenir en la actividad de los particulares para regular de esa manera, los procesos de esas actividades o en el caso de afectar el interese general, impedir que se lleven a cabo dichas actividades, toda esta intervención del estado ante las relaciones entre particulares básicamente lo que traduce es el estado como sujeto interventor que vela por el balance indispensable en las relaciones que se producen entre los asociados de ese mismo estado.
Pues como vemos en esta publicación nuestra Constitución Política dá cinco funciones para que nuestro Estado esté organizado y cumpla los requisitos que deben guiar mínimamente a un país, además de dividir inteligentemente estas funciones para que no sean aplicadas mas que por los organismos que deben ejecutarlas, dando independencia y claridad en el manejo de estas funciones. No hay duda alguna que nuestra Constitución es de lo mas completo que hay, lastima que como todo se quede en teoría, sin embargo, si hay concientización podemos lograr que se lleven a cabo estas funciones, asi sea 20 o 30 años después de su publicación. Exitos para nosotros en un futuro si lo hacemos realidad, o por lo menos el haberlo intentado.
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