Nuestro intento de "SUEÑO WEBERIANO"
expone la construcción y formación de la estructura del estado colombiano, construcción que no solo contempla el desarrollo histórico-normativo sino ademas los tensionantes idearios políticos, opuestos,es precisamente la no separación del aspecto político del administrativo lo que ha arrojado como consecuencia cambios drásticos en cada alternancia del poder e inestabilidad en el intento por consolidar una estructura de estado que respalde un proyecto de desarrollo para el país.
Se hace necesario entonces ya que estamos estudiando la parte orgánica de la constitución una interpretación mas allá de la tesis del normativismo que sostiene que las normas pueden auto-explicarse e ignora los "diálogos sociales" sustanciales contribuyentes en el proceso de nacimiento, formación y desarrollo de las normas, interpretación que ademas le permite al abogado un panorama integral del conocimiento del sistema normativo, lo que le brinda ventaja frente a los demás grupos profesionales con los que compite por el control del estado.
La premisa entonces en nuestro intento de sueño Weberianos es : "mas administración, menos política" y con ello lograr estabilidad, continuidad los procesos de formación y estructuración y ausencia de tintes politiqueros.
Fase: 1900-1950 por: Sandra Marcela Serrano.
El sueño Weberiano aplicado en Colombia se puede resumir que debería ser utilizada y manejada la administración pública para el establecimiento de gestiones más estables y duraderas que permitan y real y eficiente desarrollo económico, por ello la administración pública debería estar basada en características especificas como lo son: meritocracia, racionalidad y apolítica.
Durante los siglos XIX – XXI, se ha venido desarrollando una discusión sobre las bases de la construcción del papel del Estado en Colombia, ya que se ha manejado desde un punto meramente jurídico y se ha ignorado completamente las ideas, textos y procesos que se han venido desarrollando para estructurar la función del Estado y su administración, para ello se ha planteado un “diálogo social” el cual ayudará a explicar y a entender los propósitos de las normas y los órganos que sustentan la función administrativa, al igual que busca resaltar el papel de todos los actores que han participado en la construcción de la norma a lo largo del tiempo. Siendo precisamente aquí donde se generan el escenario de discusión política en la cual se pretende dar a conocer el verdadero papel del Estado en la sociedad (ingeniería del Estado).
La autonomía del Estado colombiano se pone en duda cuando se contextualiza acerca de los “trasplantes jurídicos” de los cuales hemos hecho parte. Lo anterior se puede ejemplificar bajo la idea de que la Estructura del Estado Colombiano no es un fin en sí mismo, sino que solo se ajusta a las presiones que recibe de otros subsistemas sociales, donde los estados periféricos estructuraron la manera en que se debería acomodar el Estado colombiano para que este se adecuara a sus ideales tecnológicos, políticos y administrativos, los cuales ayudaron a que estos estados periféricos se consoliden hoy en día como Estados exitosos.
Debido a que Colombia es un país sujeto a las mutaciones, se puede afirmar que la Estructura del Poder público entre 1900 – 1991 se a dividido en dos principios la Descentralización por servicios (1900-1950), fundamentara en el Derecho Francés y la Carrera Administrativa (1950 – 1991) fundamentada en principios norteamericanos.
Mientras en los principios del derecho francés primaba la policracia descentralizada, autónoma y especializada, ejemplo de ello las diferentes empresas que se crearon con el nombre del servicio que prestaban sin existir categorías que identificaran a unas y otras más que el nombre que mostraba claramente a que se dedicaban o cual era su especialización. Por otro lado bajo la premisa de la reforma administrativa iniciada al mismo tiempo que el Frente Nacional en 1958 los principios del derecho Norteamericano buscaban el fortalecimiento del Ejecutivo, permitiendo la unificación de Estado.
El ideal Weberiano de dominación burocrática, intenta separar la administración y la política, pero para lograrlo se necesita un gobierno estable y funcionaritos capaces, es decir, “debe haber un progreso en la República, un desarrollo material, a la creación de riqueza y al bienestar social” como lo anota Antonio José Uribe. La separación de la administración y la política constituye el núcleo del derecho moderno, el cual elimina el clientelismo y lo sustituye por las banderas de la igualdad, eficacia, imparcialidad, moralidad entre otras.
Fase: 1968-1991... por: Ivette Marcela Anaya.
El primer gran momento que se da en este periodo es la creación del estatuto administrativo en 1968 influenciado por el discurso desarrollista de los Estados Unidos, basado en la preponderancia de la unidad en el ejecutivo, en contraposición al ya en marcha proyecto de descentralización.
Tenemos a su vez un establecimiento de parámetros que implican rendición de cuentas ante el estado de los entes descentralizados por servicios y una positiva delimitación de los ámbitos publico y privado.
Luego nos vamos a encontrar la crisis del estado de bienestar, incapaz de sostenerse a partir de la influencia en el mercado y sus políticas intervencionistas, se estaba entonces ante un mecanismo de amplia intromisión y pero poca viabilidad, por otro lado la posiciones de izquierda llamaba la atención acerca de la desmesurada concentración del poder en el ejecutivo y del fortalecimiento del presidente en especial con los decretos adoptados en los estados de sitio y la concesiones de facultades especiales que le otorgaba el poder legislativo al ejecutivo en contra-vía de las libertades y el objetivo de la administración publica.
La centralización de este choque se encuentra en el informe presentado en 1.981 Bird-Weisner en el cual aparte de la ponencia dela crisis ideológica denota el grave problema fiscal que se presentaba dad la incapacidad re-distributiva de los mecanismos ejecutados y su nula fiscalización, ademas expone como el sector descentralizado esta íntimamente dependiente de la prestación de servicios de educación y salud lo cual implica según el estudio un eleva gasto social mas que una inversión que debería estar dirigida al sector manufacturero o explotador de recursos naturales por ejemplo.
Con la expedición dela constitución de1.991nuevamente se plantea la pregunta sobre ¿cual debe ser el principio de construcción de poder publico?
Constitucionalmente la nueva carta nos establece un postulado complejo que señaliza precisamente la estructura del poder publico y lo encontramos en:
C.P Articulo No. 1: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
La denominada "clausula de la estructura del poder publico" en la cual encontramos mixtura ya que conjuga:
- Unidad en el ejecutivo
- Descentralización administrativa
- Autonomía de entidades territoriales
Lo cual evidencia las distintas influencias ideológicas, políticas y procesos históricos ademas de ponernos frete a un reto por superar el fracaso de estrategias anteriores y cumplir con los tres aspectos consagrados en la carta fundante y sin perder de vista el sueño Weberiano que procura la purificación de la actividad burocrática y la total separación entre la politica y la administración.
Un magnífico texto del profesor Diego Lopez Medina, que nos muestra como hemos venido a travez de la ayuda internacional adoptando eso tan poeticamente llamado sueño Weberiano, pero que para nosotros si que se quedó en un sueño, y mas dado al nepotismo que a lo Weberiano, mas clientelista que meritocratico. Podemos apreciar el hecho de que nuestra adaptación a la administración ha sido lenta, como se nos muetra a principios del siglo XX pero como cosa rara por nosotros sugerida por extranjeros, y creo que tendemos a hacer caso siempre y cundo esté mas al norte de nuestra querida nación,pese a que esos que nos influencian nos hagan jugarretas como llevarsen el canal de Panamá practicamente gratis y una bobadita de masacres por alla en las bananeras, pero no hagamos caso por el momento. Para rematar se me ve que somos barcos sin timón, se nos sugiere una dirección y nos vamos mas alla de donde nos indican y despues toca que nos manden para otra direccion, eso fue lo que nos pasó con las misiones que vinieron en las post-guerras: la primera nos sugiere que hayan entes descentralizados, le hacemos caso pero entendimos que descentralizar era sinónimo de privatizar, una metida de pata grave; y la segunda nos sugiere que unifiquemos el poder en el ejecutivo y lo que conseguimos ahi si fue la privatizacion de entes descentralizados, ademas que los Presidentes se nos han dado funciones y poderes que no tienen. Y después preguntan porque somos lo que somos ante el mundo, en fin, dulces sueños Max Weber.
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ResponderEliminarDe este texto quiero resaltar lo que nos dice Diego Lopez, la norma silencia el escenario politico de discusión de la norma, lo cual no significa que esta discusión no exista, junto al estudio de la norma busca introducir el dialogo que se da sobre los sistemas normativos que la sociedad expide y pretende aplicar, la debilidad esta en ver la norma de manera hexegetica y no la discusión que se da para la creación de esta misma norma, y por ultimo la estructura del estado la cual no es un fin en si misma por tanto, necesita del derecho administrativo para establecer esta estructura.
ResponderEliminarComo lo dice el autor, el derecho administrativo deberia procurar cumplir como lo planteo Weber, un equilibrio para los ciudadanos que pertenecen al estado, pero mientras los politicos o quienes ostenten el poder sigan pensando en favorecer solo a algunos por sus propios intereses, seguria como lo dice Lopez Medina el clientelismo al lado del derecho administrativo.